jueves, 22 de agosto de 2013

ALERTA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRÁNSITO SOBRE REGULACIONES PARA EL TRANSPORTE MASIVO DE PASAJEROS



Por:Juan Carlos Romero Diaz

Los conductores de vehículos de carga que se utilizan para la transportación masiva de personas hacia labores productivas o concentraciones populares, deben cumplir con las medidas de seguridad establecidas en los artículos 135 y 136 de la Ley 109, Código de Seguridad Vial.
La legislación plantea que los carros de carga utilizados para transportar personan deben estar provistos de barandas capaces de resistir el impacto de los pasajeros en caso de bandazos o frenazos rápidos. Cuando la baranda es menor de 120 centímetros, los pasajeros deben viajar sentados.
El Código de Seguridad Vial también plantea que en los vehículos de carga usados para la transportación masiva NO pueden viajar más de cuatro personas por metro cuadrado. Para viajes de más de una hora de duración, deben habilitarse bancos con la solidez y seguridad requeridas.
Oficiales de la Unidad de Vigilancia y Patrullaje de Mayabeque alertan que los conductores de vehículos de carga asumen una alta responsabilidad ante el traslado masivo de pasajeros. Por esta razón, los choferes deben extremar las medidas de seguridad para preservar la vida de las personas.

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